El pleno del Tribunal Constitucional decidió este miércoles, por diez votos frente a dos, no admitir el recurso de amparo del Defensor del Pueblo que pedía restablecer el derecho al voto de los cerca de 163.000 españoles nacionalizados por la llamada «ley de nietos» que residen en el extranjero.
La mayoría, siguiendo la ponencia del magistrado Enrique Arnaldo, consideró el recurso «prematuro» porque la vía sigue abierta en el Tribunal Supremo, donde el plazo de alegaciones de los afectados concluye este viernes 23. En la práctica, se mantiene la suspensión cautelar del Supremo: solo podrán votar los inscritos en el Censo de Residentes Ausentes que cuenten con una certificación consular que acredite ser hijos o nietos de exiliados que perdieron o renunciaron a la nacionalidad por razones políticas, ideológicas, de creencias o de orientación sexual.
Los magistrados progresistas Ramón Sáez Valcárcel y Juan Carlos Campo votaron en contra y anuncian voto particular, al entender que la decisión, en los hechos, vedará el voto a estos ciudadanos en las generales del 29 de noviembre.
Con información de El País y la Cadena SER.
